"Otorgo que doy mi poder cumplido”: apoderamiento y representación voluntaria en la administración de justicia virreinal (Santiago de Chile, 1647-1725) / Aude Argouse
El oficio de escribano se enmarca dentro del ordenamiento jurídico de la época colonial. Este funcionario cumplía al mismo tiempo funciones en el ámbito del derecho público y en el derecho privado; dentro de una sociedad colonial como la americana en la que las distancias geográficas eran tan grandes dentro de los límites de las Audiencias que hacía difícil alcanzar la cohesión social. Dado que los jueces y los tribunales se encontraban en las capitales de las Audiencias, existía una población en ciudades intermedias, en las haciendas y en el área rural que difícilmente podían acceder a esas instancias. Es por esto que la figura del poder se hace tan importante. El poder es un documento que una persona entrega a otra por medio de una escritura ante un escribano, por la que le faculta para representarlo en cuestiones de cobros, reclamos y otros asuntos privados o públicos.
El poder viene a llenar una necesidad de la población de proseguir ciertos asuntos o negocios fuera de su lugar de residencia. De esta manera las personas lograban alcanzar los beneficios de la ley por cuenta de propia, por las relaciones que se establecían con otras personas que tenían la capacidad de resolver determinados problemas, estas relaciones fueron dando cohesión a los territorios coloniales.
Mediante su investigación la autora (Argouse, 2016) demuestra que, en la Capitanía General de Chile, el tipo documental más abundante en los archivos de escribanías, es el poder, especialmente para españoles. Esto muestra como el escribano se convertía en uno de los principales intermediadores para alcanzar justicia en el ordenamiento legal de la colonia y en garante del cumplimiento de esa justicia.
Esta faceta del gobierno colonial nos muestra cómo estos escribanos a través de los poderes resolvían en parte el problema que ocasionaban las distancias para el cumplimiento de las leyes y el acceso a la justicia de los pobladores de las colonias.
La investigación histórica hecha en los archivos de escribanías de Chile en la colonia, muestra una vez más que estos instrumentos legales estaban más al alcance de las poblaciones españolas o criollas que al alcance de las poblaciones indias o negras. La misma Argouse lo señala al decir: “Los individuos que mayormente usan de esta facultad son los vecinos y vecinas españoles de Santiago de Chile” (2016, p. 232) , esto nos mueve a preguntarnos sobre las formas de resolver disputas, contratos, negocios entre miembros de la clase india, usando la denominación de la época, ya que estos debieron de utilizar ciertos instrumentos o estrategias alternativas a los “poderes” y las escribanías, para llevarlos adelante. Seguramente esas estrategias debieron basarse en prácticas anteriores a la llegada de los españoles. La importancia de conocer estas prácticas es la misma que nos da conocer la práctica legal de dar “poderes” por parte de los escribanos, es decir saber cómo se organizaba judicialmente o se definían pleitos en la sociedad, finalmente cómo se gobernaban esas sociedades. La importancia de comprender este proceso en poblaciones indias radica en la importancia económica que tenían para la administración colonial por su proporción mayoritaria en la población de la época.
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